Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de mayo de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA en toda su extensión la anterior decisión en los términos antes expuestos y se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano WILLIAM CONTRERAS, titular de la Cedula de Identidad Nro. 7.044.841 contra las Sociedades mercantiles CARGILL DE VENEZUELA S.R.L y TRANSPORTE Y SERVICIOS BOZO, C.A, en consecuencia, se condena a la demandada TRANSPORTE Y SERVICIOS BOZO, C.A, a cancelar al actor la cantida.....