Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora, en contra la decisión de fecha 04 de abril de 2008, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: CON LUGAR LA DEFENSA DE COSA JUZGADA opuesta por la representación judicial de la parte demandada, en cuanto a la demanda interpuesta por el ciudadano MANUEL ALFONSO QUIROZ MONTERO, en el presente juicio; y en consecuencia SE DESECHA LA DEMANDA, incoada por el ciudadano antes identificado. TERCERO: Se ordena la continuación del presente juicio en cuan.....