Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada en contra de la decisión dictada en fecha 04 de Octubre de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada en los términos antes expuestos y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano LUCIDIO ANTONIO RAMOS CASTILLO, titular de la cédula de Identidad No. 8.768.586 y se condena a la demandada INDUSTRIAS OREGON S.A., supra identificada, a cancelar al actor la cantidad de CIENTO SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 173.364,20), por concepto de la indemni.....