En virtud de las razones antes expuestas este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, contra de la decisión de fecha 04 de febrero de 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión apelada y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano FRANCISCO ANTONIO FIGUERA APONTE, titular de la cedula de identidad No.11.093.831 y se condena a la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA OSMAR S.R.L.; identificada supra, a cancelar la suma de SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 7.333,73), por los conceptos laborales determinados en la.....