Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE la Regulación de Competencia planteada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo el Estado Aragua con sede en Maracay; y en consecuencia, SEGUNDO: COMPETENTE al Tribunal Cuarto de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo el Estado Aragua con sede en Maracay, para conocer, tramitar y decidir la INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES interpuesta por la Abogada MARIANELA VERA DE HIGUERA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad de comercio PROYECTOS PET C.A. Y AMPOLLAS Y FRASCOS VENEZOLANOS C.A., contra el ciudadano CARLOS GERMAN YORI SOLER. TERCERO: Se ordena la remisión inmediata del presente asunto al.....