Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada en fecha 11 de junio de 2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay.- SEGUNDO: SE CONFIRMA la anterior decisión pero bajo la motivación de esta Alzada, antes expuesta.- TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano RAFAEL ANTONIO CALDERON GUERRERO, titular de la cedula de identidad No.8.029.055, en contra de las sociedades mercantiles SERVICIOS EMPRESARIALES SERVIEMPRE C.A. y ARRENDADORA DE SERVICIOS REFRIGERADOS C.A. (TRANSPORTE ASERCA), identificadas supra, y en consecuencia, SE CONDENA, a la sociedad de com.....