este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la demandada contra la decisión de fecha 20 de enero de 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral.- SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión apelada y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano VULMARO MARCHAN, titular de la cedula de identidad No.5.919.549, condenándose a la demandada INDUSTRIAS OREGON S.A., supra identificada, a cancelar la cantidad de OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISÉIS BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (BS. 82.626,60), por concepto de indemnización establecida en el articulo 130 numeral 4º de la LOPCYMAT y daño moral.- TERCERO: No se condena en costas del recurso dada la naturaleza de la presente .....