Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada en contra de la decisión proferida en fecha 15 de marzo de 2013, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la anterior pero bajo la motivación d ésta Alzada y en consecuencia, se declara IMPROCEDENTE la solicitud de llamamiento de tercero a la presente causa. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión se condena en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase las presentes actuaciones al Juzgado Noveno de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución .....