Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho ejercido por la parte actora contra la decisión contenida en el auto de fecha 07 de mayo de 2010, por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua con sede en Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la anterior decisión, pero en lo términos antes expuestos y se ordena la continuación del presente proceso. Dada la naturaleza de la presente decisión no se condena en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase copia certificada de la presente decisión al Juez a cargo del Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado .....