En virtud de las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada en fecha 04 de octubre de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión apelada en los términos antes expuestos y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano RICHARD JOSE D¿ JESUS MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.443.778 y se condena la sociedad mercantil M.G.H. PROTECCION INTEGRAL, C.A., identificada supra, a cancelar al actor la cantidad de VEINTITRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINC.....