Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la petición de la Medida Cautelar de Suspensión de los efectos en contra del Acto Administrativo contenido en la CERTIFICACION identificado con el No. 0699-12-, dictada por la Dra. Soraida Rojas, en su carácter de Medico adscrito a la Dirección Estadal de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Aragua, notificado a su representada el 04 de septiembre de 2012, el cual CERTIFICA UNA DISCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE por Discopatìa Lumbar L3-L4 y L5-S1 del Ciudadano JOSE LUIS MACHADO VARGUILLAS, titular de la cédula de identidad Nro. 13.412.644.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circuns.....