Por todo lo antes expuestos, pese a la PRESUNCIÓN DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS declarada en acta de fecha 23 de Junio de 2010, es forzoso para este Tribunal ordenar la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de notificar a los ÚNICOS HEREDEROS UNIVERSALES DE LA CIUDADANA THERESA HASCOUR representante legal de la FIRMA MERCANTIL MUEBLERIA TERESITA, demandada principal como consecuencia, del fallecimiento ab-intestato de la representante legal en fecha 22 de noviembre de 2009, ordenando la notificación de la misma en la dirección que señale la demandante, a los fines de su comparecencia a la celebración de la Audiencia Preliminar Inicial, de conformidad con el artículo 126 de la Ley Orgánica del Trabajo; por lo que se deja sin efecto el acta de fecha 23 de Junio de 2010 que corre a los folios 42, 43 y 44 de la presente causa. Todo con la finalidad de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de la demandada principal, se ordena su notificación. Líbrese Carteles de Notificación. As.....