este Tribunal Decimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación , Mediación y ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua , actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , Declara 1) Concluida la Audiencia preliminar y 2) Se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada , dándole efecto de Cosa Juzgada y por cuanto no quedan mas pagos pendientes a realizar , se ordena el cierre y archivo del expediente .