este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: REPONE LA PRESENTE CAUSA, al estado de ADMISION DE LA DEMANDA, ordenando las notificaciones a UNIVERSO DE LAS DELICATESES C.A,º en la siguiente dirección: BARRIO BRISAS DEL LAGO, CRUCE CON CALLE 5 DE JULIO Nº 4, MUNICIPIO GIRARDORT, AL LADO DE LA PANIFICADORA EL MUNDO DEL PAN MARACAY ESTADO ARAGUA; a la co-demandada persona natural ciudadana BEATRIZ A. RODRÍGUEZ, en la siguiente dirección: BARRIO BRISAS DEL LAGO, CRUCE CON CALLE 5 DE JULIO Nº 4, MUNICIPIO GIRARDORT, AL LADO DE LA PANIFICADORA EL MUNDO DEL PAN MARACAY ESTADO ARAGUA; SEGUNDO: se declara la nulidad de todas las actuaciones que corren insertas en el presente expediente, a partir del folio dieciséis (16) al folio diecinueve (19), consistentes en auto de admisión, carteles de notificación y co.....