DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el Ciudadano, JOSÉ GREGORIO AYALA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 1.364.992, CONDENA a la SOCIEDAD MERCANTILQ – VAR C.A., a cancelar a la parte actora la cantidad de NOVENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES CON 90 (Bs. 95.000) por todos y cada uno de los conceptos que a continuación se indican y cuantifican: PRIMERO: Se ordena el pago de diferencia de prestaciones sociales tomando como base de cálculo el, salario fijo mensual y un salario variable compuesto de comisiones, las cuales eran canceladas por medio de trans.....