Este Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia tanto de la parte oferente, así como la parte oferida. POR lo que SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA DE LA INCOMPARECNCIA de ambas partes OFERIDA Y OFERENTE, en el presente procedimiento, NI POR SI, NI POR MEDIO DE APODRADO JUDICAL ALGUNO. No obstante, en el presente asunto y por tratarse de un procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO y por cuanto, en materia laboral no debe abrirse la etapa contenciosa del procedimiento de OFERTA REAL prevista; Por ende, no se aplican las consecuencias jurídicas, establecidas en la LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO. De manera que, este Tribunal da por concluida la presente audiencia advirtiendo de que se encuentra ante este Tribunal depositado a favor del ciudadano MOISES RAFAEL MADRID BELISARIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 7.203.617, la suma de DOCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLÍVARES CON 91 (BS. 12.996,91), en el BANCO DE FOMENTO REGIONAL LOS ANDES C......