HOMOLOGACIÓN
En virtud de todo lo expuesto en la presente TRANSACCIÓN, ambas partes solicitan a este Tribunal, se le imparta la homologación, e igualmente, solicitan que se expidan copias certificadas de la presente TRANSACCIÓN y del Auto que sobre ella recaiga. Seguidamente, este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre las partes en el día de hoy, declara concluida la Audiencia Especial y deja expresa constancia que dicha Acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACIÒN JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 257 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el Artículo 133 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de COSA JUZGADA y se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez verificado el ú.....