PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada por la representante de la Fiscalía Trigésima (30°) del Ministerio Público del estado Aragua, contra el(a)(os) ciudadano(a)(s) MARTINEZ JOSE ALEXANDER, titular de la cedula de identidad V-11.024.054, por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas. SEGUNDO: Se admiten en su totalidad los medios de pruebas ofrecidos en el escrito acusatorio por parte del Ministerio Público. TERCERO: Vista la admisión de hechos efectuada por el(a)(os) acusado(a)(s) MARTINEZ JOSE ALEXANDER, titular de la cedula de identidad V-11.024.054, quien (es) se acogió(eron) a las Formulas Alternativas a la Prosecución del Proceso. En consecuencia, este Tribunal acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, razón por la cual este Juzgador así la acuerda, de conformidad con lo establecido en el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual estará.....