Ahora bien, por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo este Tribunal ordena expedir las copias certificadas a las partes y ordena el archivo del expediente.-
Publíquese, Regístrese, Ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los Diecisiete (17) días del Mes de Abril de 2023. Años 212° de la Independencia y 164° de la Federación
EL JUEZ PROVISORIO,
DIEGO ARMANDO SEGOVIA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
BRIGIDA TERAN MORENO
DASA/btm/cg
Exp- 13767-22