III
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: YUVAN GAROFALO PEÑA y JESSICA MARIA NARVAEZ ARCILA, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-16.970.946 y V-19.111.471 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha treinta y uno (31) de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017), por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 102, Tomo I Folio 102, de fecha 31 de Marzo del año 2017, de los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conform.....