Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: INADMISIBLES, las pretensiones contenidas en la demanda que por DESALOJO DE GALPON, interpuso por la abogada LIRIDA DE JESUS GUILLEN MISETT, inscrita en el inpreabogado bajo Nro. 61.512, en su carácter de Apoderada Judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL GERMA PACK, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 59, Tomo 47-A, en fecha 12 de Noviembre de 1987; publicado en el diario Datos en fecha 16 de Noviembre de 1987, publicado en el Diario Datos en fecha 16 de Noviembre de 1987, posteriormente por cambio de domicilio a Maracay estado Aragua, quedando inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha.....