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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos ALEXANDER JAVIER MOLINA MUGA y LURYMAR DAYANA RODRIGUEZ MAREA, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-17.532.640 y V-17.744.432 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 28 de octubre del 2011, por ante el Registro Civil del Municipio Guaicaipuro, Parroquia Los Teques, del estado Bolivariano de Miranda, según se evidencia de Acta Nº 142, Año 2011, asentada en los libros de matrimonios llevados por ante el mencionado Registro, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispue.....