DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano HECTOR JOSE ARAUJO PEÑA, identificado con la cédula de identidad N° V-13.357.915, contra la ciudadana YESSICA DEL VALLE BOLIVAR DE ARAUJO, identificada con la cédula de identidad N° V-15.600.985. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contrajeron en fecha 21 de agosto de 2004, por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, según se evidencia de Acta de Matrimonio asentada bajo el Nº 256, tomo 1, Año 2004.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conf.....