DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana ERICKA YOLAISA ANGULO JARAMILLO, identificada con la cédula de identidad N° V-15.326.511, contra el ciudadano EVER ALEJANDRO TORRES ROJAS, identificado con la cédula de identidad N° V-16.129.956. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 26 de julio de 2012, por ante el Registro Civil de la Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora, estado Aragua, asentada bajo el Acta Nº 165, Folio 165, Tomo I, Año 2012, en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
Publíquese y Reg.....