DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano LUIS FELIPE VARELA, identificado con la cédula de identidad N° V-7.260.730, contra la ciudadana YVEYMA JOSEFINA MORENO BOLIVAR, identificada con la cédula de identidad N° V-7.210.579. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL por ante la Prefectura del Municipio Girardot del estado Aragua, asentada bajo el Nº 387, Tomo 3, del año 1990.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conforme al artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala del Despacho.....