DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana ADELAIDA NARVIS CARRUIDO LISCANO, identificada con la cédula de identidad N° V-9.661.997, contra el ciudadano LUIS FELIPE DIAZ RODRIGUEZ, identificado con la cédula de identidad N° V-11.087.477. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 16 de mayo de 1997, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry, estado Aragua, asentada bajo el Nº 136, Tomo A, Año 1997, en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
Publíquese y Regístrese, d.....