II
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA: INCOMPETENTE EN RAZON DE LA CUANTIA, para conocer y resolver el presente procedimiento por Reconocimiento de Documento Privado en su Contenido y Firma seguido por la ciudadana VICSABELY PAOLA BELLO TORRES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-23.621.984, contra el ciudadano EMILIO ANTONIO BLANCO DONAIRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.821.850. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines continúe conociendo el Tribunal que le corresponda conocer un.....