DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos, BELISARIO TOLOSA MARQUEZ y MILAEM JASMIN AYALA RICO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nº V-11.971.322 y V-9.674.340 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unió desde el 09 de Noviembre de 2001, según acta N° 352, tomo D, del año 2001, por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Muni.....