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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 2 de Junio de 2015, signada con el N° 693, presentada personalmente por los ciudadanos ORLANDO ANTONIO AGUILAR SANCHEZ y LEIDY ROSA VASQUEZ DE AGUILAR, identificados con la cedula de identidad Nros. V-8.725.840 y V-3.672.124 respectivamente. En consecuencia disuelto el vínculo conyugal contraído por los solicitantes por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, según acta Nº 792, Tomo V, Año 19.....