DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada la ciudadana GLENY CAROLINA BLANCO MADERA, identificada con la cedula de identidad N° V-13.626.800, contra el ciudadano FRANKLIN FRANCISCO FRASQUILLO DIAZ, identificado con la cédula de identidad N° V-14.038.888. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 23 de marzo de 2001; por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, según se evidencia de Acta Nº 085, Folio 51 al 53, Tomo B, Año 2001, asentada en los libros de Matrimonios llevados por el referido Re.....