III
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción del ciudadano MICHELE RUTIGLIANO LIBERIA, titular de la cédula de identidad N° V-7.270.260, presentada por la ciudadana JUANA BAUTISTA FIGUEREDO DE RUTIGLIANO, identificada con la cédula de identidad Nº V-2.247.497, en consecuencia, se ORDENA la Rectificación del Acta de Defunción Nº 243, Tomo X, Año 2013, en los Libros de Defunciones llevados por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, por lo que donde se lee: "Bari Italia", debe leerse: "Bitetto Bari Italia", asimismo donde se lee: "Ana de Rutigliano" debe leerse: "Anna Liberia" que es lo correcto.
Así mismo, procédase a la Ejecución de la presente sentencia, .....