DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana JUANA MARIA DELGADO DE PEREZ, identificada con la cédula de identidad N° V-10.642.677, contra el ciudadano VENANCIO JOSE PEREZ PEREZ, identificado con la cédula de identidad N° V-10.136.753. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 29 de marzo de 1985, por ante la Junta Municipal de Agua Blanca, Distrito Araure, Estado Portuguesa, según se evidencia de Acta de Matrimonio, N° 3, Folio 3, del año 1985.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, con.....