D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la Solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos: JUAN CARLOS BETANCOURT y ANA TERESA RODRIGUEZ DAZA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedula de identidad Nros. V-6.283.276 y V-7.258.368 respectivamente, identificados en autos. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Veintiuno (21) de Abril del año Dos Mil Seis (2006), por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 63, de fecha 21 de Abril del año 2006, en los libros respectivos, en los términos e.....