DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto,conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana NORELYS DACMAR NUÑEZ RINCONES, identificada con la cédula de identidad N° V-9.644.791, contra el ciudadano RICARDO MUÑOZ SERRANO, identificado con el pasaporte N° E-242.113. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 21 de octubre de 2015, por ante el Registro Civil del Municipio San Joaquín del estado Carabobo, asentada bajo el Nº 125, Folio N° 125, Año 2015, en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, c.....