DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos: FRANCISCO JOSE SANABRIA SALAZAR y BELKIS YADIRA QUINTERO BOYER identificados con las cedulas de identidad Nº V-4.406.291 y V-3.938.693 respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante por ante la Prefectura del Municipio Crespo, Distrito Girardot del estado Aragua, en fecha 05 de Octubre de 1984, según Acta de Matrimonio N° 888, Tomo 5.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia en el archivo del Tribunal.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorr.....