Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos JOSEMITH SMUTCK BRICEÑO y EDIKSON RENE SANCHEZ SANABRIA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.642.133 y V-12.482.531 respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil, Parroquia de Zuata, Municipio José Félix Ribas, el día 07-03-1994, según se evidencia en acta de matrimonio signada con el Nº 017, que corre inserto al folio 04 y su vuelto, de este expediente.