Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana ERIKA CAROLINA IRUMBE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-16.344.077, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad Nacional ubicada en la Urbanización Villa Mercedes, Sector 4 calle 6, Casa S/N, La Victoria, Estado Aragua, la parcela tiene una superficie de 506 metros cuadrados, y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: 23 metros Cruz Colmenares, SUR: 23 metros pasillo interno; ESTE: 22 metros calle 06, y OESTE: 22 metros Miguel Irumbe. La construcción del mencionado e identificado inmueble consta de Una (01) planta. La planta consta de cuatro (4) ventanas con protector de hierro, 2 puertas de hierro, Dos (2) puertas de madera, techo de zinc, Un (1) baño con piso de cerámica, Dos (02) habitaciones, tiene sus bases para una placa, Una (1) cocina con piso y paredes de cerámica, Una (1) sala comedor con piso .....