Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Jurisprudencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia número 693 de fecha 02 de Junio del 2015, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, interpuesta por los ciudadanos MARILU VALLES DE CADILLO. Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.907.217. Abogada Inscrita bajo el Nº 239.186 y el ciudadano Abogado JOAN RAMON RIOS ZAMORA Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 240.178, Apoderado Judicial del ciudadano JAIME ANTONIO CADILLO BULEJE Extranjero, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad Nº E-83.048......