Por las razones esgrimidas es por lo que esta Juzgadora debe Salvaguardar el Debido Proceso a las Partes, siendo que en este caso se le está causando estado de Indefensión a la parte demandada, por lo que resulta forzoso a este Tribunal PRIMERO: DECLARAR INADMISIBLE,la presente Demanda, interpuesta por la ciudadana ZAYDA CECILIA ISABEL FERNANDEZ MARTINEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-13.699.188, y su Apoderada Judicial Abogada BEATRIZ MARQUINA TOVAR, Inpreabogado N° 152.185, en contra la ciudadana LEIDYS PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula Nº V-13.823.928, representada en este acto por el Dr. LUIS MALDONADO, Defensor Público Segundo Encargado de la Defensoría Tercera 3era, con Competencia en Materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaría y Para La Defensa Del Derecho a La Vivienda del Estado Aragua,por DESALOJO DE VIVIENDAy pagos de cánones de arrendamiento insolutos, en virtud a todo lo anteriormente expuesto. SEGUNDO:No ha.....