Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en La Victoria; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio de los Ciudadanos: MARIAM LOURDES PEREZ NAVARRO y CARLOS AUGUSTO MEDINA GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-22.294.985 y V-16.762.891, respectivamente, en consecuencia, DECLARA disuelto el Matrimonio que los unía: Contraído en fecha 10 de Diciembre de 2015, según consta en el Acta de Matrimonio Nº 387, Libro Nº 02 de Matrimonio del año 2015, llevados por ante el Registro Civil Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, la cual fue consignada en copia certificada y cursa al folio siete (07) del presente expediente.