este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos, ERIS ALEJANDRO MACHADO Y ALICIA MARGARITA PARRA, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.743.992 y V-8.728.404, respectivamente. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por el Registro Civil del Municipio Libertador Palo Negro del Estado Aragua, según se evidencia en acta de matrimonio signada con el Nº 273, que corre inserto en folio 4,5,6 y 7del presente expediente.