Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos DORIS DEL CARMEN CONTRERAS MORALES y CARMELO URIEL ARROYO ESCOBAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.181.850 y V-8.587.592, respectivamente. En consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo conyugal que contrajeron por ante el extinto Juzgado de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua hoy Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José.....