Por todos los razonamientos expuestos, y comprobado cómo ha sido que en dicha rectificación no hay terceros interesados o personas contra quienes pueda obrar la misma éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento Nº 1473, Tomo 2, de los Libros de Registro Civil de Nacimiento del año 1965 de la Prefectura del Distrito Ricaurte del Estado Aragua, del ciudadano LARRY VICENTE DI RIENZO HIDALGO, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.589.200, debidamente asistido por el abogado Fermín López, Inpreabogado Nro. 167.479. En consecuencia en dicha acta de nacimiento, el nombre de su padre donde señala su segundo nombre "Magnio" debe decir "Magno" y donde seña.....