Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de los ciudadanos: OLGA ZULEMA BELLO DE SILVA Y FELIX RAFAEL BELLO PADRON, venezolanos, casados, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.628.970 y V-8.588.237, sobre un terreno municipal que tiene una superficie aproximada de Ciento setenta y siete metros cuadrados con ochenta y dos centímetros (177,82 M²), Código catastral número 05-06-01-U01-01-17-01, Calle sucre, con calle La Paz, Nº 78, sector casco central Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, y comprendida dentro de los siguientes linderos: SUR: En línea recta de diez metros con setenta y tres centímetros (10,73 mts) con sentido Este, con propiedad que es o fue del ciudadano Félix Bello. ESTE: En línea recta de dieciséis metros con ochenta y cuatro centímetros (16,84 mts) con sentido Norte, con propiedad que es o fue de la ciudadana Eva Manzano OESTE: En línea recta de dieciséis m.....