Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuadas por ante éste mismo Tribunal las testimoniales de las ciudadanas ARAY LILIANA JOSEFINA, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.491.313, domiciliada en La Calle Principal de Parate Bueno N° 30-1, La Victoria, Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua, y TORRES OJEDA LILIA BERNARDA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Número V-8.584.737, domiciliada en la Urbanización La Mora Calle 31 # 23, Municipio José Félix Ribas, Estado Aragua, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, del De Cujus, Ciudadano: ROBERTO JOSE GOMEZ CARPIO, quien era ve.....