Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS Y JOSE RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos, ANA ROSA RIVERO DE CAMEJO Y JOSE IGNACIO CAMEJO HUERTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-11.180.411 y V-10.357.099, respectivamente y de este domicilio, asistidos por la Abogada en ejercicio, OLIMPIA PULIDO MAÑON, Venezolana, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.707. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Juzgado de Municipio del Distrito Ricaurte de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, hoy Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, en fecha Veintisiete (27) de .....