Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Rectificación del ACTA DE NACIMIENTO Nº 2.596, Año 1968, de fecha 03 de Octubre del año 1968, expedida por la Unidad de Registro Civil Parroquia San Juan del Distrito Capital, del ciudadano VICENZO CASTELLUCCI EDUARDO, quien es venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.609.645, a los fines de dejar constancia del nombre correcto de su madre. En consecuencia, donde está escrito y se lee "....y de MARIA TERESA EDUARDO....", debe escribirse y leerse "...... y de MARIA SOLORZANO....". SEGUNDO: Se ordena remitir copias certificada de la presente decisión al Registro Principal del Distrito Capital y a l.....