Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la Ciudad de La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda: PRIMERO: Declararse INCOMPETENTE, para conocer de la presente acción y procedimiento de conformidad con lo establecido en los artículos 70 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Se acuerda remitir el presente expediente al Tribunal Superior Distribuidor de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la Ciudad de Maracay.