Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTOS MICHELA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en Las Tejerías, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio con fundamento en el artículo 185, del Código Civil Venezolano, introducida por los ciudadanos: OTILIA MAGDALENA GONZALEZ HERNANDEZ y JOHAN MANUEL MENDOZA OCHOA, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos°. V-10.356.609 y V-6.298.874, respectivamente, ambos de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio JACKSON SALINAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.928.283, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el N° 190.051. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que fue contraído en fecha.....