D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos XIOMARA ESTHER MIRABAL ARANGUREN y RAMON ANTONIO GUZMAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.727.419 y V-13.769.618 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día tres (03) de agosto del año mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 080, folio 069, vuelta 070 del año 1995.
Publíquese, regístrese y déjese copia certific.....